Reglamento [Reg_LGV]

Artículo Transitorio SEXTO de REGLAMENTO de la Ley General de Víctimas

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Transitorio SEXTO

Transitorios

SEXTO. El Pleno de la Comisión Ejecutiva deberá emitir los lineamientos a que se refiere la fracción XIX, del artículo 32 del presente Reglamento dentro del plazo de 90 días, a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento.

En tanto no se emitan los lineamientos a que se refiere este artículo, se faculta al Pleno de la Comisión Ejecutiva para tomar los acuerdos correspondientes para determinar la gravedad de los casos.

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