Transitorios
SEXTO. El Pleno de la Comisión Ejecutiva deberá emitir los lineamientos a que se refiere la fracción XIX, del artículo 32 del presente Reglamento dentro del plazo de 90 días, a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento.
En tanto no se emitan los lineamientos a que se refiere este artículo, se faculta al Pleno de la Comisión Ejecutiva para tomar los acuerdos correspondientes para determinar la gravedad de los casos.