Reglamento [Reg_LGV]

Transitorio CUARTO de REGLAMENTO de la Ley General de Víctimas

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REGLAMENTO de la Ley General de Víctimas (Reg_LGV)

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Transitorio CUARTO

Transitorios

CUARTO. La Comisión Ejecutiva realizará las adecuaciones necesarias a su Estatuto Orgánico, conforme a lo establecido en el presente Reglamento, dentro del plazo de sesenta días naturales contados a partir de su entrada en vigor.

Asimismo, expedirá el Modelo Integral de Atención a Víctimas, así como los lineamientos y disposiciones generales que establece el presente Reglamento dentro del plazo a que se refiere el párrafo anterior.

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