Artículo 184. Cuando en las disposiciones del Título IV, Capítulo II de la Ley, se señale que son aplicables determinados artículos del Título II de la Ley, para efectos de dicho Capítulo son asimismo aplicables los artículos de este Reglamento que correspondan a los preceptos referidos del mencionado Título II.
Reglamento [Reg_LISR]
Artículo 184 de REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta
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TÍTULO IV - De las Personas Físicas · CAPÍTULO II - De los Ingresos por Actividades Empresariales y Profesionales
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