Reglamento [Reg_LISR]

Artículo 234 de REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta

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REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta (Reg_LISR)

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Artículo 234

TÍTULO IV - De las Personas Físicas · CAPÍTULO VII - De los Ingresos por Obtención de Premios

Artículo 234. Para que no se efectúe la retención del Impuesto a que se refiere el artículo 138, párrafo penúltimo de la Ley, las personas morales que tributen en términos del Título II de la Ley, estarán obligadas a exhibir copia sellada o copia del acuse de recibo electrónico con sello digital de la última declaración del ejercicio presentada para el pago del Impuesto. Tratándose del primer ejercicio o de personas morales con fines no lucrativos a que se refiere el artículo 86, párrafos cuarto, quinto y sexto de la Ley, deberá presentarse copia de la solicitud de inscripción en el registro federal de contribuyentes.

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