Artículo 266. Para efectos del artículo 151, fracción II de la Ley, en los casos de erogaciones para cubrir funerales a futuro, éstas serán deducibles hasta el año de calendario en que se utilicen los servicios funerarios respectivos.
Reglamento [Reg_LISR]
Artículo 266 de REGLAMENTO de la Ley del Impuesto sobre la Renta
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TÍTULO IV - De las Personas Físicas · CAPÍTULO X - De la Declaración Anual
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