TÍTULO IV - De las Personas Físicas · CAPÍTULO X - De la Declaración Anual
Artículo 268. Para efectos del artículo 151, fracción VI de la Ley, se consideran deducibles las primas pagadas por los seguros de salud, siempre que se trate de seguros cuya parte preventiva cubra únicamente los pagos y gastos a que se refieren los artículos 151, fracción I de la Ley y 264 de este Reglamento.