Reglamento [Reg_LOPSRM]

Artículo 18 de REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

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Artículo 18

TÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 18.- Una vez que la Secretaría dé a conocer a las dependencias y entidades su calendario de presupuesto autorizado éstas, en términos del artículo 24 de la Ley, podrán realizar los procedimientos de contratación respectivos.

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