Reglamento [Reg_LOPSRM]

Artículo 233 de REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

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Artículo 233

TÍTULO SEGUNDO - DE LAS OBRAS Y SERVICIOS POR CONTRATO · CAPÍTULO OCTAVO - DE LOS CONTRATOS MIXTOS

Artículo 233.- Las dependencias y entidades que requieran de proyectos integrales preferentemente celebrarán contratos mixtos.

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