OCTAVO.- Tratándose de obras que tengan carácter plurianual y que a la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento se encuentren en proceso de ejecución durante el primer año de vigencia del presente Reglamento las partes podrán acogerse de común acuerdo a lo dispuesto en este ordenamiento, para lo cual se deberán suscribir los convenios correspondientes, previa opinión de la Secretaría de la Función Pública.
Reglamento [Reg_LOPSRM]
Artículo Transitorio OCTAVO de REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
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Ley De Obras Públicas Y Servicios Relacionados Con Las Mismas
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