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Artículo 97

REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Artículo 97

TÍTULO PRIMERO - DE LA ORGANIZACIÓN · CAPÍTULO TERCERO - DE LAS ATRIBUCIONES · SECCIÓN SÉPTIMA - DE LAS DIRECCIONES GENERALES

Artículo 97.- Corresponde a la Dirección General de Supervisión y Seguridad Aérea:

  1. Asegurar que las operaciones aéreas se desarrollen de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, a fin de disminuir riesgos;
  2. Realizar la inspección y, en su caso, la liberación de los servicios de mantenimiento preventivo, correctivo y programado;
  3. Realizar la identificación de los componentes que ingresan al almacén y que cumplan con la normatividad;
  4. Dirigir el desarrollo, implementación y evaluación de los procedimientos de seguridad aérea;
  5. Realizar auditorías de calidad a las diferentes áreas de la Coordinación de Apoyo Táctico Aéreo a fin de garantizar el cumplimiento de las políticas, objetivos y procedimientos establecidos;
  6. Coadyuvar con las diferentes áreas de las Coordinación de Apoyo Táctico Aéreo, en el desarrollo, implementación y medición de los manuales de procedimientos;
  7. Coadyuvar con las diferentes áreas en la elaboración y control de registros y estadísticas de indicadores;
  8. Evaluar la idoneidad de la política de calidad y proponer adecuaciones;
  9. Dirigir el desarrollo, implementación y evaluación del de gestión de calidad de la Coordinación de Apoyo Táctico Aéreo, de acuerdo a los lineamientos de las normas vigentes;
  10. Informar del desempeño del de gestión de calidad al Titular de la Coordinación de Apoyo Táctico Aéreo;
  11. Coordinar los proyectos de organización y regulación de estructuras de la Coordinación de Apoyo Táctico Aéreo, para su registro y validación;
  12. Establecer políticas de inspección que garanticen que los servicios de mantenimiento y operaciones aéreas se realicen con seguridad y cumplan con los lineamientos establecidos;
  13. Gestionar los proyectos de mejora, programas, planes, entre otros documentos, orientados a optimizar el desempeño del de gestión de calidad;
  14. Gestionar los recursos necesarios que permitan lograr la conformidad de los procesos con los requisitos del de gestión de calidad, y
  15. Las demás que le confieran este Reglamento, otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior de quien dependa.
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