Reglamento [Reg_LSEM]

Artículo 22 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

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REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (Reg_LSEM)

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Artículo 22

TÍTULO TERCERO · CAPÍTULO I - De la Organización de las Representaciones de México en el Exterior

ARTÍCULO 22.- En las Representaciones se colocarán, en lugar visible, el escudo y bandera nacionales y la leyenda correspondiente a la Embajada, Misión Permanente o Consulado, salvo por razones de seguridad.

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