Lectura de artículo · Reg_LSEM

Artículo 35

REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

Artículo 35

TÍTULO CUARTO - Del Ingreso, Escalafón, Antigüedad y Ascensos · CAPÍTULO I - Del Ingreso al Servicio Exterior

ARTÍCULO 35.- La convocatoria deberá contener el texto de los artículos 28, 31, 32 y 33 de la Ley, será publicada en el Diario Oficial de la Federación al menos noventa días antes de la celebración de la primera etapa del concurso, debiendo darle publicidad en los medios electrónicos institucionales y, adicionalmente, en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento por la población en general.

La convocatoria deberá indicar, además, el número de vacantes de agregado diplomático y agregado administrativo “D” que podrán ser cubiertas, así como las características de los exámenes, entrevistas, cursos y experiencia práctica, previstas en el artículo 28 de la Ley.

La convocatoria podrá promover medidas afirmativas con miras a lograr la paridad de género y de oportunidades entre mujeres y hombres que ingresen al Servicio Exterior.

La realización de los concursos estará sujeta a la disponibilidad de plazas vacantes.

La Subcomisión de Ingreso quedará facultada para desarrollar el concurso de ingreso en los términos de la convocatoria.

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