Reglamento [Reg_LSEM]

Artículo 34 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

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REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (Reg_LSEM)

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Artículo 34

TÍTULO CUARTO - Del Ingreso, Escalafón, Antigüedad y Ascensos · CAPÍTULO I - Del Ingreso al Servicio Exterior

ARTÍCULO 34.- El Secretario expedirá, previa recomendación de la Comisión de Personal, la convocatoria correspondiente para los concursos públicos de ingreso al Servicio Exterior en las ramas diplomático-consular y técnico-administrativa, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 28, 31, 32 y 33 de la Ley. Cuando existan necesidades específicas en el Servicio Exterior, conforme lo determine la Comisión de Personal, los concursos de ingreso podrán orientarse a buscar perfiles especializados en materias o campos de interés para la Secretaría.

Artículo reformado DOF 02-11-2018

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