TÍTULO CUARTO - Del Ingreso, Escalafón, Antigüedad y Ascensos · CAPÍTULO III - De los Ascensos
ARTÍCULO 55.- Los exámenes para ascender a los rangos de Coordinador Administrativo de la rama técnico-administrativa se realizarán conforme a lo dispuesto en los artículos 45 a 51 del Reglamento en la medida en que resulten aplicables.
Artículo reformado DOF 02-11-2018