Reglamento [Reg_LSEM]

Artículo 9 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano

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REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (Reg_LSEM)

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Artículo 9

TÍTULO SEGUNDO - De la Integración del Servicio Exterior · CAPÍTULO III - Del Personal Asimilado

ARTÍCULO 9.- La Comisión de Personal emitirá los criterios generales que normarán los casos en los que el Personal Temporal o Asimilado debe asistir a cursos de capacitación al Instituto Matías Romero, antes de asumir su cargo en el extranjero, lo anterior, para efectos de lo previsto en el último párrafo del artículo 8 de la Ley.

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