Lectura de artículo · Reg_LSS_MACERF

Artículo 102

REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización

Artículo 102

TÍTULO CUARTO - SEGURO DE SALUD PARA LA FAMILIA · CAPÍTULO II - DE LA INCORPORACIÓN E INICIO DE SERVICIOS

Artículo 102. El convenio para la incorporación colectiva deberá contener, al menos, lo siguiente:

  1. Sujetos de aseguramiento;
  2. Denominación o razón social de la persona moral, quien estará obligada al pago correspondiente;
  3. Prestaciones y reglas relativas a su otorgamiento;
  4. Procedimientos de incorporación colectiva y pago de cuotas;
  5. Causas de terminación del convenio, y
  6. Sanciones por incumplimiento.
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