Reglamento [Reg_LSS_MACERF]

Artículo 187 de REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización

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Artículo 187

TÍTULO SÉPTIMO - IMPOSICIÓN DE MULTAS · CAPÍTULO ÚNICO - DE LAS MULTAS

Artículo 187. La aplicación de las multas es independiente del cobro del crédito fiscal omitido, así como de sus accesorios legales.

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REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (Reg_LSS_MACERF)

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