Reglamento [Reg_LSS_MACERF]

Artículo 73 de REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización

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Artículo 73

TÍTULO SEGUNDO - AFILIACIÓN · CAPÍTULO VIII - DE LA VIGENCIA DE DERECHOS

Artículo 73. Para efectos de la certificación del derecho al subsidio en el Seguro de Enfermedades y Maternidad, se considerarán como semanas de cotización las que se encuentren amparadas por certificado de incapacidad médica para el trabajo, expedido por el Instituto.

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REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (Reg_LSS_MACERF)

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