Artículo 93. Los sujetos de aseguramiento del campo señalados en los artículos 13, fracción III, y 235 de la Ley, para ser considerados como tales, deberán encontrarse dedicados en forma directa a las labores de carácter agrícola, ganadera, forestal o mixtas.
Reglamento [Reg_LSS_MACERF]
Artículo 93 de REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
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TÍTULO TERCERO - INCORPORACIÓN VOLUNTARIA AL RÉGIMEN OBLIGATORIO · CAPÍTULO III - DE LOS EJIDATARIOS, COMUNEROS, COLONOS Y PEQUEÑOS PROPIETARIOS
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