Ley [10_270614]

Artículo 140 de Estatuto De Gobierno Del Distrito Federal

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Estatuto De Gobierno Del Distrito Federal (10_270614)

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Artículo 140.- La explotación, uso y aprovechamiento de los bienes del patrimonio del Distrito Federal serán regulados por los ordenamientos que expida la Asamblea Legislativa.

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