Ley [124]
Artículo 49 de Ley Federal Del Mar
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 49.- El Poder Ejecutivo Federal vigilará que, al ejercitar los Estados extranjeros sus derechos y al cumplir sus deberes en la Zona Económica Exclusiva mexicana, tengan debidamente en cuenta los derechos, jurisdicciones y deberes de la Nación y cumplan , su Reglamento y otros reglamentos nacionales adoptados de conformidad con la y normas aplicables de derecho internacional.