Ley [211]
Artículo 101 de Ley Sobre El Contrato De Seguro
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 101.- Si el asegurado omite intencionalmente el aviso de que trata el artículo anterior, o si contrata los diversos seguros para obtener un provecho ilícito, los aseguradores quedarán liberados de sus obligaciones.