Ley [211]

Artículo 137 de Ley Sobre El Contrato De Seguro

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 137.- No podrá rescindirse el contrato de seguro a causa de la muerte o enfermedad de un solo animal del ganado asegurado.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias