Ley [218]
Artículo 1,456 de Ordenanza General De La Armada
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 1,456.- Los despachos o patentes que se expidan sin los requisitos que en este Título se mencionan, serán nulos y de ningún valor.
Ley [218]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 1,456.- Los despachos o patentes que se expidan sin los requisitos que en este Título se mencionan, serán nulos y de ningún valor.