Ley [218]
Artículo 1,724 de Ordenanza General De La Armada
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 1,724.- Vigilará que las órdenes de la Secretaría del ramo sean cumplidas con diligencia y exactitud, dando a sus subordinados las explicaciones e instrucciones necesarias para su mejor desempeño.