Ley [218]

Artículo 283 de Ordenanza General De La Armada

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ordenanza General De La Armada (218)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 283.- Para la mejor conservación y orden en el armamento portátil, cuidará de tener una relación detallada con sus números y especificaciones de estado, y a qué individuos corresponden.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad