Ley [218]

Artículo 405 de Ordenanza General De La Armada

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 405.- Tendrán puestos asignados en el plan general del buque, a los que concurrirán en todos los zafarranchos, limpiezas, formaciones y demás actos del servicio.

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