Ley [218]

Artículo 62 de Ordenanza General De La Armada

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 62.- Si al firmar los interesados sus hojas de servicios no hubieren subscrito la salvedad de referencia, se entenderá que están conformes con los servicios que se les anoten, y no tendrán derecho a solicitar que se modifiquen sus mencionadas hojas, sino hasta el año siguiente, al volverse a formar los documentos de fin de año.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias