Ley [218]
Artículo 863 de Ordenanza General De La Armada
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 863.- No disimulará la menor falta entre sus subalternos y hará que cada uno cumpla los deberes de sus respectivos empleos.
Ley [218]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 863.- No disimulará la menor falta entre sus subalternos y hará que cada uno cumpla los deberes de sus respectivos empleos.