Artículo 208.- Se prohíbe fumar en las galerías. Las personas que infrinjan este artículo, serán expulsadas del edificio.
Ley [219]
Artículo 208.- Se prohíbe fumar en las galerías. Las personas que infrinjan este artículo, serán expulsadas del edificio.
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Reglamento Para El Gobierno Interior Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos (219)
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