Ley [219]

Artículo 80 de Reglamento Para El Gobierno Interior Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos

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Reglamento Para El Gobierno Interior Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos (219)

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Artículo 80.- El tercer día útil del período ordinario de sesiones de cada año, la Cámara de Diputados nombrará en escrutinio secreto y por mayoría de votos, la Comisión de Presupuestos y Cuenta, que se compondrá de cinco individuos, y a la cual pasarán inmediatamente que se reciban, el Proyecto de Presupuestos del año próximo siguiente y las cuentas del anterior que remita el Ejecutivo.

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