Ley [260]

Artículo 19 de Ley Del Servicio Profesional De Carrera En La Administración Pública Federal

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Ley Del Servicio Profesional De Carrera En La Administración Pública Federal (260)

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Artículo 19.- El Sistema, en coordinación con las dependencias, registrará y procesará la información necesaria para la definición de los perfiles y requerimientos de los cargos incluidos en el Catálogo.

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