Ley [260]

Artículo 71 de Ley Del Servicio Profesional De Carrera En La Administración Pública Federal

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 71.- El Consejo estará presidido por el titular de la Secretaría y contará con un Secretario Técnico.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias