Artículo 71.- El Consejo estará presidido por el titular de la Secretaría y contará con un Secretario Técnico.
Ley [260]
Artículo 71.- El Consejo estará presidido por el titular de la Secretaría y contará con un Secretario Técnico.
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Ley Del Servicio Profesional De Carrera En La Administración Pública Federal (260)
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