Ley [271]

Articulo 12

Ley Sobre La Aprobación De Tratados Internacionales En Materia Económica

Artículo 12. El Senado de la República, a través de sus comisiones, escuchará y tomará en cuenta las propuestas que le hagan llegar o que presenten los Gobiernos y Congresos Locales.

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