Ley [271]
Artículo 12 de Ley Sobre La Aprobación De Tratados Internacionales En Materia Económica
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 12. El Senado de la República, a través de sus comisiones, escuchará y tomará en cuenta las propuestas que le hagan llegar o que presenten los Gobiernos y Congresos Locales.