Ley [CCom]
Artículo 1194 de Código De Comercio
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Quinto TÍTULO Primero CAPÍTULO XII
Artículo 1194 .- El que afirma está obligado a probar. En consecuencia, el actor debe probar su acción y el reo sus excepciones.