Ley [CCom]

Artículo 1194 de Código De Comercio

Texto íntegro, referencias y ley completa.

LIBRO Quinto TÍTULO Primero CAPÍTULO XII

Artículo 1194 .- El que afirma está obligado a probar. En consecuencia, el actor debe probar su acción y el reo sus excepciones.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias