Ley [CCom]

Artículo 1213 de Código De Comercio

Texto íntegro, referencias y ley completa.

LIBRO Quinto TÍTULO Primero CAPÍTULO XIII

Artículo 1213 .- Se considera extrajudicial la confesión que se hace ante juez incompetente.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias