LIBRO Quinto TÍTULO Especial Bis CAPÍTULO II SECCIÓN PRIMERA
Artículo 1390 Ter 4.- La demanda deberá presentarse en los términos señalados en el artículo 1390 Bis 11.
Artículo adicionado DOF
Código De Comercio
LIBRO Quinto TÍTULO Especial Bis CAPÍTULO II SECCIÓN PRIMERA
Artículo 1390 Ter 4.- La demanda deberá presentarse en los términos señalados en el artículo 1390 Bis 11.
Artículo adicionado DOF