Ley [CCom]

Artículo 273 de Código De Comercio

Texto íntegro, referencias y ley completa.

LIBRO Segundo TÍTULO Tercero CAPÍTULO I

Artículo 273 .- El mandato aplicado a actos concretos de comercio, se reputa comisión mercantil. Es comitente el que confiere comisión mercantil y comisionista el que la desempeña.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias