Ley [CCom]
Artículo 394 de Código De Comercio
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Código De Comercio (CCom)
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LIBRO Segundo TÍTULO Sexto CAPÍTULO IV
Artículo 394 .- Son causas de terminación del contrato consignatorio:
- La ejecución total de las obligaciones derivadas del contrato;
- El vencimiento del plazo pactado;
- La Muerte de alguno de los contratantes;
- El mutuo consentimiento; y,
- Incumplimiento de las obligaciones de alguna de las partes.
Artículo derogado DOF . Adicionado y reubicado DOF