Ley [CMPP]

Artículo 316 de Código Militar De Procedimientos Penales

Ver ley completa

LIBRO Segundo TÍTULO Vi

Artículo 316. Valor de las actuaciones

Los antecedentes de la investigación y elementos de convicción apartados en la audiencia de vinculación a proceso, que sirvan como base para el dictado del auto de vinculación a proceso y de las medidas cautelares, carecen de valor probatorio para fundar la sentencia, salvo las excepciones expresas previstas por este Código.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Navegación jurídica

Relaciones verificadas del artículo

Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.

Buscar en esta ley Por artículo o término

Buscar artículo o término en esta ley

Código Militar De Procedimientos Penales (CMPP)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Formatos y archivos Markdown
Publicidad