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Código Militar De Procedimientos Penales (CMPP)

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Código Militar De Procedimientos Penales

El texto fuente indica que el Código fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2016 y que su última reforma publicada corresponde al 14 de noviembre de 2025. Debe revisarse junto con el Código de Justicia Militar, Constitución y tratados internacionales aplicables.

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Resumen de la ley

El Código Militar De Procedimientos Penales regula el proceso penal acusatorio y oral aplicable a delitos contra la disciplina militar. Establece principios, derechos de víctimas e imputados, competencia de órganos jurisdiccionales militares, investigación, medidas cautelares, audiencias, prueba, soluciones alternas, procedimiento abreviado, juicio oral, recursos y ejecución de resoluciones. El Código opera dentro de los límites constitucionales del fuero de guerra: los tribunales militares no pueden extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército. Es la norma procesal clave para investigar, procesar y sancionar delitos militares con debido proceso.

Proceso penal militar acusatorio. Derechos humanos en jurisdicción militar. Investigación penal militar. Audiencias judiciales militares. Prueba y juicio oral. Medidas cautelares. Soluciones alternas y procedimiento abreviado. Recursos penales militares.

Lo esencial

Qué regula

  • Ámbito de aplicación del proceso penal militar.
  • Principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad, inmediación e igualdad.
  • Derechos de víctima, ofendido, imputado y defensa.
  • Competencia, acumulación, impedimentos, recusaciones y excusas.
  • Actos de investigación, cadena de custodia y datos de prueba.
  • Medidas de protección, providencias precautorias y medidas cautelares.
  • Audiencia inicial, vinculación a proceso y plazo de investigación.
  • Etapa intermedia, juicio oral, sentencia y deliberación.
  • Soluciones alternas, procedimiento abreviado, recursos y ejecución.

A quién aplica

  • Personal militar imputado por delitos contra la disciplina militar.
  • Víctimas u ofendidos en procedimientos penales militares.
  • Ministerio Público Militar y Fiscalía General de Justicia Militar.
  • Policía y autoridades investigadoras en el ámbito militar.
  • Defensoría de Oficio Militar y defensores particulares.
  • Asesoría jurídica de víctimas.
  • Juzgados Militares de Control, Tribunal Militar de Juicio Oral, Juzgados de Ejecución y Tribunal Superior Militar.
  • Peritos, testigos, auxiliares y demás intervinientes.

Materias principales

  • Proceso penal militar acusatorio.
  • Derechos humanos en jurisdicción militar.
  • Investigación penal militar.
  • Audiencias judiciales militares.
  • Prueba y juicio oral.
  • Medidas cautelares.
  • Soluciones alternas y procedimiento abreviado.
  • Recursos penales militares.
  • Ejecución de sentencias.
  • Coordinación con Constitución, tratados y supletoriedad.

Derechos principales

  • Derecho al debido proceso penal.
  • Derecho a presunción de inocencia.
  • Derecho a defensa adecuada.
  • Derecho de víctima u ofendido a asesoría jurídica y reparación.
  • Derecho a igualdad entre las partes.
  • Derecho a ser juzgado por órgano competente, independiente e imparcial.
  • Derecho a audiencia pública, salvo excepciones legales.
  • Derecho a controvertir pruebas y alegatos.

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Fiscalía General de Justicia Militar.
  • Ministerio Público Militar.
  • Policía y autoridades investigadoras militares.
  • Juzgados Militares de Control.
  • Tribunal Militar de Juicio Oral.
  • Juzgados Militares de Ejecución de Sentencias.
  • Tribunal Superior Militar.
  • Defensoría de Oficio Militar.
  • Asesoría Jurídica de víctimas.

Obligaciones principales

  • El Ministerio Público Militar debe investigar delitos contra la disciplina militar conforme a la Constitución y tratados.
  • Los órganos jurisdiccionales militares deben conducir audiencias y resolver conforme a principios acusatorios.
  • La defensa debe asistir técnicamente a la persona imputada.
  • La policía y auxiliares deben respetar cadena de custodia y legalidad de actos de investigación.
  • Las partes deben actuar con lealtad procesal y cumplir cargas de la etapa correspondiente.
  • Las autoridades deben respetar límites del fuero militar frente a personas civiles.

Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

  • Denuncia o querella.
  • Investigación inicial y complementaria.
  • Control de detención.
  • Formulación de imputación.
  • Vinculación a proceso.
  • Solicitud, imposición, revisión o sustitución de medidas cautelares.
  • Etapa intermedia y depuración probatoria.
  • Juicio oral militar.
  • Procedimiento abreviado.
  • Recursos contra resoluciones.
  • Ejecución de sentencia.

Sanciones o consecuencias

  • Nulidad o exclusión probatoria por violaciones a derechos o reglas procesales.
  • Medidas cautelares personales o reales.
  • Providencias precautorias y medidas de protección.
  • Sentencias condenatorias o absolutorias.
  • Reparación del daño cuando proceda.
  • Ejecución de penas impuestas por delitos militares.
  • Responsabilidad de autoridades por actos ilegales dentro del proceso.

Definiciones importantes

ConceptoSignificado en la ley
CódigoCódigo Militar de Procedimientos Penales.
ConstituciónConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Ministerio PúblicoMinisterio Público Militar.
FiscalíaFiscalía General de Justicia Militar.
Persona Juzgadora de ControlJueza o Juez Militar de Control.
Persona Juzgadora de Ejecución de SentenciasJueza o Juez Militar de Ejecución de Sentencias.
Órgano jurisdiccional militarJuzgados militares, Tribunal Militar de Juicio Oral y Tribunal Superior Militar.
Defensoría de OficioDefensa pública militar.
Asesoría JurídicaAsesoría de la víctima u ofendido.
Tribunal Superior MilitarTribunal militar de segunda instancia.
TratadosTratados internacionales de los que México sea parte.
Consulta guiada

Explora a detalle

Artículos clave
ArtículoPor qué importa
1Define ámbito de aplicación y límites del fuero militar.
2Establece el objeto del Código.
3Contiene glosario de autoridades y conceptos procesales.
3 BisSeñala reglas de supletoriedad.
4Establece características y principios rectores del proceso.
10Reconoce igualdad ante la ley.
11Garantiza igualdad entre las partes.
20Ubica derechos y reglas de intervinientes.
34Inicia reglas de competencia.
144Abre regulación de investigación.
259Ubica medidas cautelares y de protección.
315Conecta con etapas centrales del proceso penal.
Mapa de temas
TemaArtículos relacionadosPara qué sirve
Objeto y ámbito1 a 3 BisEntender a qué delitos y autoridades aplica el Código.
Principios procesales4 a 19Revisar publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.
Derechos de intervinientes20 a 33Identificar derechos de víctima, imputado, defensa y asesoría jurídica.
Competencia y acumulación34 a 69Determinar órgano militar competente y reglas de acumulación.
Actos procesales70 a 143Ubicar citaciones, audiencias, notificaciones y formalidades.
Investigación144 a 258Revisar denuncia, investigación, actos de molestia, cadena de custodia y datos.
Medidas cautelares259 a 314Conocer protección, providencias y cautelares personales o reales.
Etapas del procesoLibro SegundoEntender audiencia inicial, investigación complementaria, intermedia y juicio.
RecursosTítulos finalesConsultar apelación, revocación y otros medios de impugnación.
EjecuciónTítulos finalesUbicar cumplimiento de sentencia y juzgado de ejecución.
Plazos importantes
  • Las audiencias deben desarrollarse de forma continua y preferentemente en un mismo día o días consecutivos.
  • La incompetencia puede promoverse dentro de tres días en supuestos señalados por el Código.
  • La audiencia por acumulación debe celebrarse dentro de tres días siguientes a la citación correspondiente.
  • El informe de recusación puede rendirse dentro de veinticuatro horas, con audiencia dentro de tres días en supuestos previstos.
  • La suspensión o aplazamiento por sustitución de Ministerio Público o defensor no puede exceder de diez días para preparación adecuada.
  • Los plazos de investigación, recursos y audiencias deben revisarse según la etapa procesal concreta.

Preguntas frecuentes

¿De qué trata el Código Militar De Procedimientos Penales?

Regula el procedimiento penal acusatorio para investigar, procesar y sancionar delitos contra la disciplina militar.

¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para revisar audiencias, derechos, investigación, medidas cautelares, juicio oral, recursos y ejecución en asuntos penales militares.

¿Qué diferencia tiene con el Código De Justicia Militar?

El Código de Justicia Militar contiene organización y delitos militares; este Código regula principalmente el procedimiento penal para tramitarlos.

¿Qué derechos protege?

Protege debido proceso, presunción de inocencia, defensa adecuada, igualdad procesal y derechos de víctimas u ofendidos.

¿Puede aplicarse a civiles?

El propio marco constitucional citado por el Código limita el fuero de guerra y los tribunales militares no pueden extender su jurisdicción sobre personas civiles.

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.

Índice de artículos

Código Militar De Procedimientos Penales

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CÓDIGO MILITAR DE PROCEDIMIENTOS PENALES
Nuevo Código publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de mayo de 2016
TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 14-11-2025

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA: