Ley [CMPP]

Artículo 268 de Código Militar De Procedimientos Penales

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Durante la investigación, el Ministerio Público o la Policía ministerial militar con conocimiento de éste, podrá disponer la práctica de los peritajes que sean necesarios para la investigación del hecho. El dictamen escrito no exime al perito del deber de concurrir a declarar en la audiencia de juicio.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias