LIBRO Segundo TÍTULO Iv CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 262. Derecho a ofrecer medios de prueba
Las partes tendrán el derecho de ofrecer medios de prueba para sostener sus planteamientos en los términos previstos en este Código.
Ley [CNPP]
LIBRO Segundo TÍTULO Iv CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 262. Derecho a ofrecer medios de prueba
Las partes tendrán el derecho de ofrecer medios de prueba para sostener sus planteamientos en los términos previstos en este Código.
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Código Nacional De Procedimientos Penales (CNPP)
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