Ley [CNPP]
Artículo 324 de Código Nacional De Procedimientos Penales
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 324. Consecuencias de la conclusión del plazo de la investigación complementaria
Una vez cerrada la investigación complementaria, el Ministerio Público dentro de los quince días siguientes deberá:
- Solicitar el sobreseimiento parcial o total;
- Solicitar la suspensión del proceso, o
- Formular acusación.