Ley [CNPP]

Artículo 59 de Código Nacional De Procedimientos Penales

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Para asegurar el orden en las audiencias o restablecerlo cuando hubiere sido alterado, así como para garantizar la observancia de sus decisiones en audiencia, el Órgano jurisdiccional podrá aplicar indistintamente cualquiera de los medios de apremio establecidos en .

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