Ley [LASoc]
Artículo 20 de Ley De Asistencia Social
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Ley De Asistencia Social (LASoc)
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Artículo 20.- Las Entidades Federativas y los Municipios podrán suscribir entre sí acuerdos de coordinación y colaboración en materia de asistencia social, para ejercer sus atribuciones a través de las instancias que al efecto convengan.