Lectura de artículo · LCE

Artículo 22

Ley De Comercio Exterior

Artículo 22.- No se utilizarán permisos previos para restringir:

  1. La importación de mercancías en el caso previsto en la fracción V del artículo 16 de esta Ley, o
  2. La exportación, importación, circulación o tránsito de mercancías con el fin de cumplir con las disposiciones en materia de normas oficiales mexicanas.
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