Ley [LCID_061120]

Artículo 30 de Ley De Cooperación Internacional Para El Desarrollo

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 30. Toda persona tendrá derecho a que la AMEXCID ponga a su disposición la información puntual que solicite sobre la cooperación internacional para el desarrollo, en los términos previstos por las leyes.

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