Ley [LCID_061120]
Artículo 31 de Ley De Cooperación Internacional Para El Desarrollo
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Buscar artículo o término en esta ley
Ley De Cooperación Internacional Para El Desarrollo (LCID_061120)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.
Artículos cercanos
Artículo 31. La AMEXCID, bajo la coordinación de la Secretaría, diseñará y pondrá en práctica una política de divulgación de los resultados y beneficios de las acciones de cooperación internacional para el desarrollo, precisándose las gestiones del Estado mexicano en carácter de receptor y de oferente de dicha cooperación.